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martes, julio 1, 2025

Emilio Lozoya Recupera Mansión

Gobierno FederalEmilio Lozoya Recupera Mansión

Un Triunfo para Lozoya

Emilio Lozoya, exdirector de Petróleos Mexicanos (Pemex), ha logrado un nuevo triunfo contra la Fiscalía General de la República (FGR). Una jueza ha ordenado la devolución de una propiedad valorada en más de 38 millones de pesos.


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La Batalla Legal

La Fiscalía argumentaba que Lozoya adquirió la lujosa casa con supuestos sobornos que recibió por la compra de la planta Agronitrogenados. Sin embargo, la jueza Segunda de Distrito en Materia de Extinción de Dominio, Ana Lilia Osorno Arroyo, declaró improcedente el recurso legal con el cual los fiscales pretendían quitarle de forma definitiva a Lozoya su residencia localizada al poniente de la Ciudad de México.

La Propiedad en Cuestión

La residencia, de 1,165 metros cuadrados, se ubica en Calle Ladera número 20, fraccionamiento Lomas de Bezares, en la alcaldía Miguel Hidalgo. Esta casa fue asegurada de manera preventiva en mayo de 2019. Posteriormente, en noviembre de 2021, se iniciaron las gestiones ante el Poder Judicial con el objetivo de que fuera entregada al Gobierno del presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO).

El Fallo de la Jueza

Osorno Arroyo resolvió que los fiscales se equivocaron al solicitar el cambio de dueño del lujoso inmueble dado que usaron un recurso legal que no estaba vigente en el momento en el que ocurrieron los hechos delictivos.

El exdirector de Pemex negó haber adquirido el inmueble con recursos ilícitos; sin embargo, enfrentó una acusación penal.

El Proceso Penal

En septiembre pasado, un juez consideró que el daño ya estaba siendo reparado y canceló el proceso penal contra Emilio Lozoya. Con independencia del proceso penal, el aseguramiento definitivo de la residencia requería un procedimiento por separado, conocido como juicio de extinción de dominio, y bajo términos diferentes a los planteados por la Fiscalía.


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«En consecuencia, si la compra del inmueble materia de la extinción se efectuó y se consumó en dos mil doce, y esa transacción fue la que motivó la investigación que sirve como base para demandar la extinción de dominio, la acción es improcedente porque la investigación se sigue por el delito de operaciones con recursos de procedencia ilícita, que no estaba previsto en el artículo 22 Constitucional como supuesto de procedencia para ejercer la acción de referencia”, cita la revista digital sobre al sentencia dictada, a la cual obtuvo acceso.