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sábado, abril 19, 2025

Caso de Samuel García por Uso indebido de recursos públicos

EstadosCaso de Samuel García por Uso indebido de recursos públicos

Tribunal Electoral de Nuevo León toma decisiones clave

En un reciente fallo del Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León (TEE), se determinó que Samuel García, gobernador de la entidad, incurrió en presunto uso indebido de recursos públicos. Este veredicto fue tomado por mayoría de votos, luego de analizar una serie de historias publicadas por García en su cuenta de Instagram. A pesar de este hallazgo, el tribunal no consideró que se tratara de promoción personalizada.


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El caso en detalle

El caso comenzó cuando se presentó una denuncia contra Samuel García por la difusión de diversas publicaciones en sus redes sociales, específicamente en Instagram, donde se le veía a él y a su esposa, Mariana Rodríguez, realizando actividades que podrían interpretarse como promoción personal. En dichas publicaciones, se mostraba a la esposa del gobernador colocando calcomanías durante la época de campañas.

Aunque el Tribunal Electoral concluyó que se había producido un uso indebido de recursos públicos, al violar los principios de imparcialidad y neutralidad, no se encontró que existiera promoción gubernamental detrás de estas publicaciones.

¿Qué implica la sentencia?

El tribunal, al analizar el caso, determinó que el mandatario había violado principios fundamentales al sobrepasar los límites constitucionales establecidos por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Sin embargo, se especificó que las publicaciones en redes sociales no constituían propaganda gubernamental ni promoción personalizada.

Según la sentencia, el gobernador de Nuevo León no utilizó recursos del gobierno de manera directa para promover su imagen, sino que las historias de Instagram, aunque cuestionadas, no eran parte de una campaña oficial del gobierno.


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El futuro del gobernador

A raíz de este fallo, el Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León remitió el caso a la Mesa Directiva del Congreso local para que determine las sanciones correspondientes según la ley. Este procedimiento se alineó con los artículos 141 de la Ley Electoral local y 457 de la Ley General.

Aunque Samuel García no ha sido exonerado completamente, la falta de evidencia sobre promoción personalizada le ha otorgado un respiro, pero aún se enfrenta a las consecuencias legales que el Congreso del Estado de Nuevo León podría definir en las próximas semanas.

FuenteMilenio